Te asesoramos desde la firma de contrato hasta la finalización del contrato y entrega del inmueble

Preguntas Frecuentes

Conjunto de servicios jurídicos profesionales previamente contratados, por medio del cual el cliente, en caso de incumplimiento en su contrato de arrendamiento, tendrá la asistencia y patrocinio de un despacho jurídico que lo representará para solicitar extrajudicial o judicialmente la recuperación del inmueble y/o rentas caídas, de conformidad con la cobertura contratada.

Así mismo, previamente, SURENT hará un estudio de riesgo, en donde verificará la identidad de los arrendatarios y obligados solidarios, investigará incidencias legales, capacidad económica, procedencia lícita de los recursos y en su caso, verificará que la garantía esté libre de gravamen.

También elaborará un contrato de arrendamiento personalizado que blinde jurídicamente al propietario.

Porque en caso de incumplimiento en su contrato de arrendamiento, los servicios legales llegan a ser muy costosos y al contratar una cobertura de protección el cliente tiene cubiertos los honorarios de los abogados y gastos de juicio.

ETAPA PREVENTIVA
Buscamos que su operación de arrendamiento cuente con un mínimo de riesgo de Incumplimiento investigando así la capacidad económica y situación jurídica del inquilino y/u obligado solidario.

Elaboración de un contrato de arrendamiento ajustado a la legislación civil aplicable y a las exigencias del cliente. Asesoría jurídica previa y asistencia de un profesional.


ETAPA DE SEGUIMIENTO
Su arrendamiento estará respaldado por una continuidad en su cumplimiento, así mismo durante la vigencia de su contrato contará con asesoría jurídica de su inmueble y arrendamiento.


ETAPA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En caso que su inquilino incumpla el contrato de arrendmaiento y de conformidad con la cobertura contratada, nuestros abogados inmediatamente tomarán cartas en el asunto y ejercitarán las acciones judiciales y extrajudiciales pertinentes para recuperar a la brevedad posible las cantidades debidas, penas convencionales y la posesión del inmueble arrendado, sin un costo adicional para el arrendador.